lunes, 13 de julio de 2020

SHULGI Y SU CÓDIGO


La III Dinastía de Ur es un periodo de la Historia de la Baja Mesopotamia que ocupa aproximadamente 120 años, entre el 2120 y el 2000 a.C. Hay que destacar que es el último periodo cultural en el que se divide el Bronce Antiguo, siendo un momento de renacimiento del poder sumerio del sur tras el dominio primero de los acadios que vinieron del norte y después de los Guti que vinieron de las montañas. Si atendemos a la extensión en el tiempo, el reinado de Shulgi es el más importante de este periodo, ya que habría gobernado cerca de 50 años.
La expansión y organización del reino neosumerio iniciado por Ur-Nammu se consolida durante el reinado de su hijo Shulgi, el cual en la primera mitad de su reinado sigue presentándose en las fuentes de conocimiento como un rey pacífico, que se dedicaría sobre todo a llevar a cabo programas constructivos y a mejorar la administración. También llama la atención el hecho de que, en sus himnos de autoalabanza, el rey Shulgi insiste en sus grandes dotes para escribir y hablar en varias lenguas, lo que le lleva a poder comunicarse con gobernadores de todos los lugares conocidos. Aunque en menor medida, también encontramos fuentes en las que quiere aparecer como un estratega militar, con una gran astucia utilizada para defender Mesopotamia en su conjunto de los ataques provenientes de los pueblos de las montañas del norte. Por tanto, la conclusión que hay que sacar a partir de esto es que Shulgi se presentaría como un rey que mantiene una pacífica y próspera política interna al tiempo que defiende su país militarmente a nivel de política exterior.
                                                         Tablilla con un himno sumerio del rey Shulgi
A diferencia de su antecesor, Shulgi sí se va a plantear el conquistar militarmente más allá de la Baja Mesopotamia. Para llevar a cabo esto, sabemos que durante su 20º año de reinado lleva a cabo una reorganización del ejército, destinado a realizar una serie de campañas militares en la que será la segunda mitad de su reinado. Primero inicia expediciones hacia el norte, contra las tierras que formarían un arco imaginario entre el río Diyala y el río Khabur, es decir, Karakhar, Simurrum, Kharshi, Kimash, Khumurti y Shashrum. Hay que aclarar que a estas expediciones se les conoce como las “guerras hurritas”, ya que el hurrita era la principal lengua que se hablaba por ahí. Ahora bien, ¿por qué a Shulgi le interesa conquistar estas zonas? Pues porque en ellas hay importantes tierras agrícolas y ciudades, y a este floreciente imperio de Ur les interesaba incorporarlas para beneficiarse económicamente. Sin embargo, estas conquistas hurritas no fueron fáciles de realizar, tal y como demuestra el hecho de que se dirigieran varias expediciones a las mismas zonas, lo que demostraría que con una sola no conseguían sus objetivos.
                                                               Relieve en la roca hallado en la ciudad de Simurrum
El segundo grupo de expediciones militares llevadas a cabo por Shulgi con fines expansionistas se dirige al este de la Baja Mesopotamia, donde hay unos nómadas pastores de las estepas conocidos como los Martu (los amorreos). Junto con los hurritas del norte, estos van a ser los dos grandes grupos étnicos a los que tendrán que hacer frente también los sucesores de Shulgi, su hijo Amar-Sin y su nieto Shu-Sin. Con el objetivo de hacer más eficaz la defensa de Mesopotamia de los ataques de estos grupos extranjeros, éste último va a construir un muro en el norte de Mesopotamia que sirva para contener los ataques de estos martu, una fortificación que durará hasta el reinado de su sucesor, Ibbi-Sin.
                               Mapa del Imperio de Ur a finales del III milenio a.C
Estas guerras, tanto las hurritas como las amorreos, cumplen también un objetivo secundario, y es el de cohesionar al propio país para luchar contra un enemigo común, los “bárbaros” de las montañas. Esta es una de las razones por las que se puede explicar el hecho de que, en los cincuenta años que van desde mediados del reinado de Shulgi hasta el de Ibbi-Sin, se consiga una administración homogénea y una relativa escasez de conflictividad interior. Al mismo tiempo, estas décadas de paz ayudan a convencer a las ciudades de que lo mejor es ser dependientes de un poder central, de una única realeza que proteja al conjunto unificado de la Baja Mesopotamia del mundo bárbaro que les rodea y amenaza.
                         Mapa político y económico a mediados del siglo XXI a.C.
Como es evidente, todas estas campañas militares costaban mucho, por lo que había que buscar una manera eficiente de financiarlas si querían seguir con ellas. Para ello, Shulgi llevó un paso más allá el proceso de centralización iniciado por su padre Ur-Nammu: después de la unificación política y el relativo fin de la independencia de las ciudades, tocaba centralizar y unificar la economía. Por este motivo, Shulgi llevó a cabo varias grandes reformas: en primer lugar, reorganiza el sistema fiscal, de tal modo que los impuestos que hay que pagar al rey de Ur varían según el territorio al que nos refiramos. Así, no pagaban lo mismo alguien que viviera en la Baja Mesopotamia que alguien que viviera en los Montes Zagros, por poner un ejemplo.
                                       Figurilla representativa del rey Shulgi
Su segunda reforma económica está estrechamente vinculada a la primera: como el sistema de pesos e intercambios locales era particular para cada territorio, eso hacía que la misma cantidad de un producto valiera más en un lugar que otro. Por este motivo, Shulgi lleva a cabo una especie de reforma unificadora para que todo el “dinero” valga lo mismo en todas partes, y haya el mismo sistema de pesas y medidas de cantidades en todos los sitios del imperio. Como se puede ver en la imagen de abajo, este es un nuevo sistema de medidas y pesas que es homogéneo para todo el reino, para conseguir así la unificación económica.

EL CÓDIGO DE SHULGI
Código jurídico de origen sumerio, considerado como el más antiguo hasta ahora conocido en la historia. En un principio (1953), el sumerólogo S.N. Kramer adelantó la noticia de la existencia de unas leyes antiquísimas atribuidas al rey sumerio Ur-Nammu(2112-2095 a.C.), publicada en la revista Scientific American, contribución que al año siguiente daría paso a la editio princeps de las mismas, publicada por el propio Kramer en la revista Orientalia de Roma (Italia). Años más tarde, la intuición de F. Yaldiz (1981) y los minuciosos estudios filológicos e históricos de S. N. Kramer harían que la paternidad de las leyes le fuese asignada al rey sumerio Shulgi (2094-2047 a.C.), hijo y sucesor de Ur-Nammu. El Código de Shulgi fue redactado en lengua sumeria y originariamente estuvo inscrito en una estela de piedra que no ha llegado a nuestros días, pero que ha podido conocerse gracias a las copias que se hicieron de la misma en algunas tablillas de barro que han sido recuperadas, cuya relación estableció E. Szlechter en su obra Les lois sumériennes, publicada en Roma en 1983.
De acuerdo con tales tablillas, el Código de Shulgi consta de un breve prólogo que ha llegado muy fragmentado y de 32 artículos, no habiéndose conservado ni el epílogo, que sin duda hubo de tener, ni el resto del articulado. En el prólogo, el rey Shulgi, después de recordar la actuación de su padre (Ur-Nammu) en pro de la equidad y la justicia, y de elogiar su lucha contra "el desorden y la iniquidad", alude a sus propios hechos militares y significa la libertad que había concedido a los habitantes de Umma, Marda, Shubur, Kazallu y Uzarum, ciudades hasta su época oprimidas por los elamitas de Anshan. Asimismo, hace alusión a las medidas tomadas en relación a la paridad de las unidades de pesas y medidas de su extenso Imperio (hoy es imposible traducirlas a equivalencias actuales) y a las disposiciones tomadas para proteger a huérfanos, viudas y pobres.
El cuerpo jurídico está desarrollado de un modo muy claro y al tiempo sintético, redactado bajo fórmulas condicionales en cuyas prótasis se argumenta la comisión de un supuesto delito, estableciéndose en sus apódosis el correspondiente castigo. Las leyes determinan la pena del Talión en caso de asesinato y actos de bandidaje; en los supuestos de rapto de personas, violaciones, divorcios, actos de brujería, mutilaciones y golpes e inundaciones de campos, el castigo consistía en diferentes indemnizaciones, según los casos. En el caso del adulterio de la mujer (no aparece regulado el mismo con relación al hombre), la pena consistía en la muerte de la culpable. He aquí, literalmente, el artículo séptimo del Código: "Si la esposa de un hombre por su (propia) voluntad ha seguido a (otro) hombre, y si él ha tenido relaciones (sexuales) con ella, el hombre matará a esta mujer: a aquel hombre se le concederá la libertad". En el original, el adulterio está indicado con la frase "y si (la mujer) se ha acostado sobre el regazo de otro hombre". El "hombre" al que se alude en segundo lugar no es otro que el propio marido, que por el acto de su esposa ha sido perjudicado en sus intereses privados. De acuerdo con la mentalidad antigua sumeria, el marido podía matar a su esposa sin que le sobrevinera ninguna responsabilidad penal. Curiosamente, el "hombre" citado en tercer lugar, que en el texto original aparece identificado con la palabra nita ("macho"), es el que ha mantenido las relaciones sexuales, al cual la ley deja libre.
En el caso de la acusación, falsa o no, se recurría a la práctica de la ordalía. Así, puede verse en el artículo décimotercero el siguiente supuesto: "Si un hombre acusa a (otro) hombre de brujería (y) al dios-Río lo ha llevado, (y si) el dios-Rió lo declara inocente, el hombre que ha llevado (al otro al dios-Río) pesará tres GIN de plata". El dios-Río no era otro que el Éufrates. El hecho de "declarar inocente el dios-Río al acusado" equivale a indicar que éste no se había ahogado y que, por lo tanto, era inocente. El falso acusador debía, pues, indemnizarle con casi 25 gramos de plata. Este castigo sería mucho más radical en tiempos posteriores: en el caso del Código de Hammurabi, por ejemplo, el falso acusador era castigado con la muerte y sus bienes entregados al acusado.
En otros artículos las penas consistían en la mutilación de alguna parte del cuerpo. En tal sentido, he aquí lo legislado en el artículo vigésimo quinto: "Si la esclava de un hombre se iguala a su señora (y) la maldice, se le refregarán sus dientes con un SILA de sal". No se dan detalles complementarios acerca de la esclava. Al parecer no sería una esclava cualquiera, sino tal vez una esclava concubina que habría proporcionado herederos al señor. Esta circunstancia le llevaría a igualarse a su señora e incluso a maldecirla, al no haber sido capaz de dar descendencia al esposo. La pena era muy dura, pues se la castigaba a ser frotada con casi un kilogramo de sal, con vistas lógicamente a la destrucción de su dentadura.


Contexto histórico

Del conjunto de las leyes del código pueden deducirse determinadas circunstancias socioeconómicas, específicas de finales del tercer milenio a.C., entre las que pueden destacarse la prioridad del hombre sobre la mujer en todos los sentidos, la práctica usual de la brujería, demostrando con ello unos recursos religiosos muy primarios, y la esclavitud, práctica que revelaba la existencia de una economía clasista. Además, todo el contexto legal refleja la existencia de una sociedad fundamentalmente agrícola, aunque ya evolucionada. Si bien hay artículos que pueden ser interpretados como ejemplos de la llamada Ley del Talión, en general se adopta el sistema penal basado en las compensaciones de tipo económico.
El Código de Shulgi hubo de aplicarse, según los expertos, en la totalidad de las ciudades que formaron el imperio de la tercera dinastía de Ur. Al propio tiempo, su articulado influyó notablemente en toda la legislación posterior, hasta el punto de que el propio rey Hammurabi de Babilonia (1792-1750 a.C.) no dudó en recoger literalmente algunos de sus artículos en su famoso texto legal. Otro hecho a remarcar es el de su prolongación en el tiempo: todavía hacia el 1700 a.C. se hacían copias del Código de Shulgi en diferentes lugares mesopotámicos, como en Nippur, Sippar y, por supuesto, la propia Ur, de la que Shulgi fue rey.
Bibliografia
LARA PEINADO, F. y LARA GONZÁLEZ. F.: Los primeros Códigos de la Humanidad. (Madrid: 1994)
https://inmavelo.wordpress.com/2015/06/28/economia-de-la-iii-dinastia-de-ur/
http://www.enciclonet.com/articulo/codigo-de-shulgi/
https://www.google.com/search?q=SHULGI+Y+SU+C%C3%93DIGO&oq=SHULGI+Y+SU+C%C3%93DIGO+&aqs=chrome..69i57j33i22i29i30.959j0j15&sourceid=chrome&ie=UTF-8


No hay comentarios:

Publicar un comentario